Convocatorias Europeas
2 de junio de 2016Bases reguladoras de las ayudas a la implantación de sistemas de riego eficientes en las explotaciones agrarias en Extremadura
6 de junio de 2016La presente convocatoria rige las subvenciones en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, se distinguen 6 líneas principales subvencionables:
- Programa de vivienda protegida autopromovida.
- Programa de ayuda directa a la entrada.
- Programa de rehabilitación de viviendas.
- Programa de fomento de la rehabilitación energética de la vivienda existente (PEEVE).
- Programa de fomento del Informe de evaluación de los edificios.
- Programa de regeneración y renovación urbana.
Los beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden deberán reunir los requisitos generales que seguidamente se relacionan, sin perjuicio de los específicos previstos en cada programa, y de las excepciones establecidas en los mismos:
a) Ser persona física, con nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de extranjeros no comunitarios, estos deberán tener residencia legal en España.
b) No ser titular o cotitular, en un porcentaje igual o superior al 50%, del pleno dominio sobre ninguna otra vivienda distinta de la que es objeto de la actuación protegida, salvo aquélla que constituía su domicilio conyugal y de cuyo uso y disfrute se hayan visto privados por separación, divorcio o nulidad del matrimonio.
c) Disponer de ingresos mínimos anuales. Con carácter general, cumplen este requisito aquellos cuyos ingresos familiares brutos sean iguales o superiores a 4.000 euros. Para el cálculo de los mismos se estará a los ingresos brutos obtenidos por el solicitante o cada uno de miembros de la unidad familiar o de convivencia en el período impositivo del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (IRPF) con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la subvención.
d) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Hacienda General de la Comunidad Autónoma, así como de sus obligaciones con la Administración de la Seguridad Social.
La solicitud de subvenciones se ajustará al modelo oficial, según el que corresponda de conformidad con los Anexos que se especifican en cada uno de los capítulos siguientes de la presente orden para cada uno de los programas, y que se encuentran disponibles en el portal de la antigua Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de la Junta de Extremadura http://fomento.gobex.es y en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura http://ciudadano.gobex.es. Su presentación podrá llevarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Desde el Cluster te dejamos un resumen tanto del Plan de rehabilitación de viviendas como del PEVEE, relacionados con el ámbito de la energía y la sostenibilidad. Tenéis disponible la información del resto de líneas del Plan en el DOE publicado hoy 6 de Junio de 2016.