El Gobierno destina 80 millones de euros para implantar soluciones TIC en pymes de toda España
19 de agosto de 2015Publicado en el DOE convocatoria de ayudas para la internacionalización de empresas y/o asociaciones de Extremadura. Abiertas hasta el 31 de agosto de 2016 o a la finalización del crédito disponible.
2 de noviembre de 2015Línea de ayuda: Línea de ayuda para la internacionalización de la empresa extremeña
APERTURA:11/10/2014
CIERRE:15/09/2015
ESTADO:Cerrada
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Competitividad, Comercio e Innovación.
Finalidad de la ayuda:Estas ayudas están dirigidas a facilitar el acceso de las empresas extremeñas de bienes y servicios a los mercados exteriores y estimular su participación en los eventos de comercio exterior, así como apoyar las actividades de promoción y de comercialización que acometan en estos mercados.
Serán subvencionables los proyectos de internacionalización, los planes de acción exterior o las acciones puntuales encuadrados en una o varias de las rubricas siguientes:
a) Acceso a los mercados exteriores.
b) Licitación internacional.
c) Misiones prospectivas y comerciales.
d) Participación en ferias y certámenes comerciales.
e) Publicidad y acciones de promoción en el exterior.
Las acciones de publicidad y promoción en el exterior sólo serán subvencionables cuando acompañen y complementen otras acciones encuadradas en los apartados c) y d) del apartado anterior.
Tendrán la consideración de gastos excluidos los siguientes:
— Las licencias de importación, las tasas y los aranceles.
— Los gastos derivados de la ejecución de las operaciones de exportación.
En todo caso, la inversión mínima a efectos de subvencionabilidad del proyecto o de la actividad se establece en 2.000 euros (excluido IVA).
Serán subvencionables los proyectos de internacionalización, los planes de acción exterior o las acciones puntuales encuadrados en una o varias de las rubricas siguientes:
a) Acceso a los mercados exteriores.
b) Licitación internacional.
c) Misiones prospectivas y comerciales.
d) Participación en ferias y certámenes comerciales.
e) Publicidad y acciones de promoción en el exterior.
Las acciones de publicidad y promoción en el exterior sólo serán subvencionables cuando acompañen y complementen otras acciones encuadradas en los apartados c) y d) del apartado anterior.
Tendrán la consideración de gastos excluidos los siguientes:
— Las licencias de importación, las tasas y los aranceles.
— Los gastos derivados de la ejecución de las operaciones de exportación.
En todo caso, la inversión mínima a efectos de subvencionabilidad del proyecto o de la actividad se establece en 2.000 euros (excluido IVA).
Fase empresarial: Consolidación
Visitar web:https://activacionempresarial.gobex.es/subvenciones?idContenido=177501